La corte fallo que las foto multas que no sean notificadas podrán ser anuladas.
Hace algunos años se ha venido implementando en diversas ciudades del país el sistema de fotomultas, las cuales sancionan a aquellas personas que comentan infracciones de tránsito, lo que ha desatado una gran polémica debido a que el sistema actúa de forma precisa y no da margen a errores o como comúnmente lo conocemos margen de tolerancia.
De acuerdo a lo antes mencionado, la Corte Constitucional determinó que las fotomultas deben obligatoriamente ser notificadas a sus infractores, y en caso de no presentarse dicha notificación, podrán ser anuladas a través de una demanda de nulidad y restablecimiento de derecho.
El magistrado Gabriel Mendoza con ponencia, dio paso a que la sala estudiará la tutela presentada por una infractora la cual fue sancionada con una fotomulta y al momento de realizar la venta de su automóvil se percato de la sanción que poseía. Debido a esta situación, la Corte que la no notificación de forma adecuada afectó notablemente los derechos a la defensa de los ciudadanos.
Citando textualmente el fallo de la Corte, argumentó que » La falta de notificación de los actos administrativos implica que los afectados no tengan conocimiento de los pronunciamientos de la administración y, por ende, constituye una barrera para el ejercicio de los recursos procedentes”, según el fallo.
Si usted es una de las personas que se está viendo afectada por la falta de notificación del la entidad de tránsito de su ciudad, perfectamente puede acudir ante la justicia administrativa para que sean eliminadas las infracciones que se encuentren a su nombre, siempre y cuando no haya habido un debido proceso de notificación.